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ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL

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ORIGEN DE LA LEGISLACIÓN LABORAL   LEGISLACIÓN INDIANA año 1650 En la época indígena antes que llegaran los españoles con planes de conquista, los indígenas trabajaban en la pesca, caza, agricultura y tenían un jefe de grupo quien les daba órdenes. Con la llegada de estos conquistadores las costumbres laborales de los indígenas fueron cambiando ya que los obligaron a dejar todo y dedicarse a la explotación de oro, les impusieron órdenes y decretos por voluntad del rey de España CARLOS II y a esto le llamaron LEGISLACIÓN INDIANA. Ley sobre LIBERTAD DE ESCLAVOS  PRESIDENTE JOSÉ HILARIO LÓPEZ  año 1852  José Hilario López entonces presidente de la República hizo resistencia y abolió la esclavitud en nuestro país a partir del 1 de enero de 1852 de allí en adelante fueron apareciendo leyes y decretos y se formó el CÓDIGO SUSTANTIVO DEL TRABAJO, este código REGULA LAS RELACIONES INDIVIDUALES Y COLECTIVAS DE TRABAJO, REGLAMENTA LA SEGURIDAD ...

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Aquí encontrarán todo lo relacionado con el Derecho Laboral Colombiano y su razón es  " Proteger los derechos de los trabajadores sin que las empresas estén perjudicadas "

PRINCIPIOS

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Los principios son aquellas normas que ordenan que se realice algo en la mayor medida posible, en relación con las posibilidades jurídicas y fácticas. Entonces, los principios son por consiguiente mandatos de optimización  que se caracterizan porque pueden ser cumplidos en diversos grados.

PRINCIPIOS DEL DERECHO LABORAL COLOMBIANO

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PRINCIPIO DE ESTABILIDAD. En este principio el factor primordial es la protección para el trabajador,donde se garantiza un medio para el sustento vital y la trascendencia del individuo en la sociedad por medio del trabajo. Este principio se compone de cuatro fueros: A) Fuero de maternidad: Ninguna trabajadora puede ser despedida por motivo de embarazo o lactancia. B) Fuero de discapacidad: En ningún caso de limitación de una persona podrá ser motivo para no vincularse laboralmente a menos que dicha limitación sea demostrada como incompatible en el cargo a desempeñar. C) Fuero sindical: Garantía que gozan algunos trabajadores de no ser despedidos ni desmejorados de sus condiciones de trabajo ni trasladados a otros departamentos de la misma empresa sin justa causa. D) Fuero  circunstancial : Los trabajadores que presentan a su empleador un pliego de peticiones no podrán ser despedidos sin justa causa comprobada desde la fecha de petición de este y durante los términos...